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Seguridad E Higiene En El Trabajo

RESUMEN DEL LIBRO DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO DE JOSÉ MARÍA, CORTÉS DÍAZ.
Por: Nélida Arango Cortés
La seguridad e higiene dentro de cualquier ámbito laboral es de suma importancia, he aquí por el cual se realizó La siguiente edición , dando a conocer los diferentes puntos que engloba el tema, los temas a tratar son: enfermedades profesionales, riesgos de trabajo, comisiones mixtas de seguridad e higiene y programas de seguridad e higiene.
ENFERMEDADES PROFESIONALES
Se sabe que de hecho el trabajador, al realizar sus actividades diarias dentro de una empresa, está expuesto a sufrir un accidente o una serie de enfermedades profesionales que van desde la caída de un cajón de archiveros en el pie, hasta una dermatosis por exposición a bajas temperaturas. Así el empleador debe considerar que el personal que tiene bajo su mando es, hasta cierto punto, responsabilidad de él y, por tanto, tiene la obligación moral de prevenir hasta donde sea posible la ocurrencia de accidentes y/o enfermedades otorgando los instrumentos o aditamentos necesarios.
Un accidente o una enfermedad profesional ocasionan a la organización diversos costos:
v Tiempo de trabajo del accidentado
v Tiempo del personal que lo atiende en el momento
v Tiempo de sus compañeros por tratar de enterarse de lo sucedido
v Tiempo en que se capacita a otro trabajador para que sustituya al incapacitado
v Tiempo de recuperación del incapacitado
v Debe tomarse en cuenta que el propio trabajador accidentado o enfermo profesional, también incurre en mayores gastos: su familia debe atenderlo.
Si bien existen situaciones límites y concretas que pueden catalogarse al resultar difícil una definición exacta de los conceptos de enfermedad profesional y de accidentes de trabajo, las características diferenciales que a continuación se presentan permitirán una más fácil comprensión.
v Inicio
v Presentación
v Motivación
v Manifestación
v Relación de causalidad
v Tratamiento.
Concepto de enfermedad profesional.
Debido a su actividad profesional, el hombre está expuesto a contraer enfermedades. Unas, si bien tienen relación con el trabajo que realizan no son debidas a que este sea nocivo para la salud, si no a circunstancias externas al mismo, mientras que otras resultan consecuencia directa de las modificaciones ambientales provocadas por su propio trabajo que son las denominadas enfermedades de trabajo.
§ El art. 475 de la ley federal de trabajo establece que enfermedad de trabajo es todo estado patológico, derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en el que en trabajador se ve obligado a prestar sus servicios.
En tales disposiciones se establecerá el procedimiento que haya de observarse para la inclusión en dicho cuadro de las nuevas enfermedades profesionales que se estime deba ser incorporadas al mismo.
De acuerdo con la ley federal de trabajo y el cuadro de enfermedades profesionales, estas se clasifican en los siguientes grupos:
a) Enfermedades profesionales producidas por agentes químicos
b) Enfermedades profesionales de la piel causadas por substancias y agentes no comprendidos en otros apartados
c) Enfermedades profesionales provocadas por la inhalación de sus substancias y agentes no comprendidos en otros apartados
d) Enfermedades profesionales infecciosas y parasitarias
e) Enfermedades profesionales producidas por agentes físicos
f) Enfermedades sistemáticas.
Causas productoras de las enfermedades de trabajo
Como se ha visto anteriormente, las causas exógenas o derivadas del medio ambiente laboral, productoras de enfermedades profesionales, las podemos considerar encuadradas en los siguientes grupos.
§ Asesores químicos (polvo, humo, niebla, gases, etc.)
§ Agresores físicos (ruido, vibraciones, radiaciones, etc.)
§ Agresores biológicos (virus, bacterias, paracitos, etc.)
§ Agresores psicológicos y sociales (promoción, salarios, horarios, etc.)
§ Agresores ergonómicos (monotonía, fatiga física o mental, etc.)
La ley general de la seguridad social en su artículo 85 la define como la contraída consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo d esta ley y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indique para cada enfermedad profesional.
1) Enfermedades profesionales producidas por los agentes químicos.
2) Enfermedades profesionales de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de los otros apartados.
3) Enfermedades profesionales provocadas por la inhalación de sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados.
4) Enfermedades profesionales infecciosas y parasitarias.
5) Enfermedades profesionales producidas por agentes físicos.
6) Enfermedades sistemáticas.




RIESGOS DE TRABAJO
Concepto:
Se identificará la importancia de la seguridad y de higiene en los centros de trabajo, las principales causas de los riesgos de trabajo, y algunas formas para prevenirlos. Además podrá:
Ø Identificar que son los riesgos de trabajo.
Ø Identificar y definir los hechos considerados como riesgos de trabajo.
Ø Explicar la diferencia entre los diversos hechos considerados riesgos de trabajo.
Ø Enunciar cuando no se consideran riesgos de trabajo los hechos que normalmente lo son.
Ø Identificar y explicar las principales causas de riesgo de trabajo.
Ø Explicar las principales consecuencias económicas sociales y jurídicas derivadas de riesgo de trabajo, con relación a :
§ Patrones
§ Trabajadores individualizados
§ Sociedad en general
Ø Explicar las principales formas de reducir la incidencia de riesgos de trabajo.
Ø Mencionar las disposiciones constitucionales y ordinarias aplicables a riesgos de trabajo.
Ø Explicar la responsabilidad patronal en relación a riesgos de trabajo y la manera de quedar relevado de ella.
Ø Enunciar las causas de falta inexcusable del patrón y explicar sus consecuencias.
CONSECUENCIAS DE LOS RIESGOS PROFESIONALES.
Los riesgos de trabajo pueden producir:
Ø Incapacidad temporal. la pérdida de facultades o aptitudes que impide a una persona desempeñar su trabajo durante un tiempo determinado.
Ø Incapacidad parcial. La disminución relativa de facultades o aptitudes de una persona para el trabajo.
Ø Incapacidad permanente total. La pérdida de facultades o aptitudes de una persona que le impiden realizar cualquier trabajo durante el resto de su vida.
CAUSAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO.
La necesidad de los trabajadores de utilizar múltiples medios de transporte (casi siempre deficientes) los expone a mayores riesgos en el tránsito, esto los agota y les crea malestar en lo cual puede encontrarse la razón del descuido que origina el accidente. Cierta información señala que la mayor incidencia de accidentes se presenta en las dos primeras horas de la jornada de trabajo, o sea, cuando el trabajador aun no alcanza su estabilidad emocional.
Para reducir la frecuencia de accidentes, además de las indicadas a continuación es necesario que el trabajador asista a un centro de trabajo cerca de su domicilio.
Las principales causas de accidentes dentro de los centros de trabajo son:
1. RESPONSABILIDAD DEL PATRON
Carencia de medidas preventivas, órdenes imprudentes, omisiones en la dotación de instrumentos personales de seguridad, carencia de disposiciones, cuya realización se vigile estrechamente.
2. RESPONSABILIDAD DEL TRABAJADOR
Descuidos motivados por el hábito al peligro, situaciones emotivas personales, desconocimientos del riesgo implícito, uso inadecuado o ausencia de los instrumentos personales de seguridad.
3. ACTOS DE TERCEROS
Bromas irresponsables, descuido imprudencial y carencia del sentido general de la seguridad.
4. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR:
Desperfectos ocultos de carácter técnico o acción de los fenómenos naturales. Algunas veces se consideran como casos fortuitos, circunstancias atribuidas a errores humanos. Un corto circuito puede resultar por el uso de instalaciones muy antiguas o deficientes. Tomar corriente para maquinas poderosas por medio del alambrado general, carencia de interruptores térmicos, exceso de clavijas en un contacto. etc.
5. ESTRUCTURALES:
Provienen de las condiciones específicas en que el trabajador se ve forzado a vivir. Es decir, las presiones económicas, falta de recursos para pagar viviendas dignas, alimentación insaludable, vestido insaludable, etc. También los problemas emocionales ocasionados por tenciones acumulados durante la larga transportación en medios colectivos, los agotadores ritmos productivos, etc.
EVALUACIÓN DE RIESGOS
DEFINICIÓN Y OBJETIVO
La evaluación de riesgos constituye la base de partida de la acción preventiva, ya que a partir de la información obtenida con la valoración podrán adoptarse las decisiones precisas sobre la necesidad o no de acometer acciones preventivas.
Con la evaluación de riesgos, se alcanza el objetivo de facilitar al empresario la toma de medidas adecuadas, para poder cumplir con su obligación de garantizar la seguridad y la protección de la salud de los trabajadores
Con la evaluación de riesgos se consigue:
" Identificar los peligros existentes en el lugar de trabajo y evaluar los riesgos asociados a ellos.
" Poder efectuar una elección adecuada sobre los equipos de trabajo, el acondicionamiento del lugar de trabajo y la organización de este.
" Comprobar si las medidas existentes son adecuadas.
" Establecer prioridades en el caso de que sea preciso adoptar nuevas medidas.
" Comprobar y hacer ver a la administración laboral, trabajadores y a sus representantes que se han tenido en cuenta todos los factores de riesgo y que la valoración de riesgos y las medidas preventivas están bien documentadas.
" Comprobar que las medidas preventivas adoptadas tras la evaluación garantiza un mayor nivel de protección de los trabajadores.

FASES DE LA EVALUACIÓN DE RIESGOS
Análisis de riesgo; comprendiendo las fases de identificación de riesgos y estimación de los riesgos.
Valoración del riesgo; que permitirá enjuiciar si los riesgos detectados resultan tolerables.
GESTIÓN DEL RIESGO


Análisis de riesgos.
Consiste en la identificación de peligros asociados a cada fase o etapa del trabajo y la posterior estimación de los riesgos teniendo en cuenta conjuntamente la probabilidad y las consecuencias en el caso de que el riesgo se materialice.
PROBABILIDAD DE QUE OCURRA EL DAÑO SEVERIDAD DE LAS CONSECUENCIAS
Alta: siempre o casi siempre Alta: extremadamente dañino
Media: algunas veces Media: dañino
Baja: raras veces Baja: ligeramente dañino
Valoración de riesgos.
A la vista de la magnitud de riego obtenida en la etapa anterior, podrá emitirse el correspondiente juicio, acerca de si el riesgo analizado resulta tolerable o por el contrario deberán adoptarse acciones encaminadas a su eliminación o reducción.
EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS
Análisis de riesgo: se puede realizar mediante la utilización de una lista en al que se identifiquen los peligros existentes:
" Golpes y cortes
" Espacio inadecuado
" Caídas al mismo nivel
" Caídas a distinto nivel
" Incendios y explosiones
" Substancias que puedan inhalarse
" Ambiente térmico adecuado
" Condiciones inadecuadas de iluminación, etc.
Valoración de riesgo: el valor obtenido en la estimación anterior permitirá establecer diferentes niveles de riesgo, como se puede ver representada en la siguiente matriz de análisis de riesgos, permitiendo partir de estos valores decidir si los riesgos son tolerables o por el contrario se deben adoptar acciones, estableciendo en este caso el grado de urgencia en la aplicación de las mismas.
RIESGO ACCIÓN Y TEMPORIZACIÓN
Trivial No se requiere acción específica.
Tolerante No se necesita mejorar la acción preventiva. Sin embargo, se debe considerar soluciones más rentables o mejoras que no supongan una carga económica importante.
Se requiere inspecciones periódicas para asegurar que se mantiene la eficacia de las medidas de control.
Moderado Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo, determinando las inversiones precisas. Las medidas para reducir el riesgo deben implantarse en un periodo determinado. Cuando el riesgo moderado está asociado con consecuencias extremadamente dañinas, se necesitara una acción posterior para establecer, con más precisión, la probabilidad de daño como base para determinar la necesidad de mejorar las medidas de control.
Importante No debe comenzarse el trabajo hasta que se haya reducido el riesgo. Puede que se precisen recursos considerables para controlar el riesgo. Cuando el riesgo corresponda a un trabajo que se esa realizando, debe remediarse el problema en un tiempo inferior al de los riesgos moderados.
Intolerable No debe comenzar ni continuar el trabajo hasta que se reduzca el riesgo. Si no es posible reducir el riesgo, incluso con recursos ilimitados, debe prohibirse el trabajo.

COMISIONES MIXTAS DE SEGURIDAD HE HIGIENE
Organización de la prevención en la empresa
Las funciones de prevención en la empresa se podrán realizar por medio de las siguientes personas u órganos internos:
" Trabajadores designados
" Servicio de prevención
" Órganos especializados de representación (delegados de prevención y comité de seguridad y salud)
Trabajadores designados:
Para el cumplimiento del deber de protección de riesgos profesionales, el empresario designara uno o varios trabajadores para ocuparse de dicha actividad, constituirá un servicio de prevención o concertara dicho servicio con una entidad ajena a la empresa.
Los trabajadores designados deberán tener la capacidad y la formación necesaria, disponer de tiempo y medios precisos, ser suficiente en número teniendo en cuenta el tamaño de la empresa, así como los riesgos a los que están expuestos los trabajadores y su distribución en la misma.
El empresario deberá facilitarles el acceso a la información y documentación que precise para la realización de las actividades de prevención y protección de todos los riesgos existentes en la empresa, y estos deberán prestar el correspondiente apoyo al empresario, mandos, trabajadores y sus representantes.
Servicio de prevención
Por servicio de prevención se entiende el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas, con el fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y alud de los trabajadores, asesorando y prestando apoyo técnico al empresario, trabajadores y sus representantes y a los órganos de representación especializados.
Ø Tipos:
De acuerdo con la citada normativa, los servicios de prevención podrán ser de dos tipos: propio o ajeno.
§ Servicio propio de prevención
Se constituye en la empresa empresa con personal de la misma. En este caso, la empresa debe someter un sistema de prevención una auditoria o evaluación externa, previa al comienzo de sus actividades.
§ Obligatoriedad
El empresario está obligado a constituirlo cuando se de alguno de los siguientes supuestos:
a) Que la empresa cuente con más de 500 trabajadores.
b) Que, contando con un número de trabajadores comprendido entre 250 y 500, la empresa realice alguna de las actividades consideradas peligrosas.
c) Que, tratándose de empresas no incluidas en los anteriores apartados, así lo decida la autoridad laboral en función de la peligrosidad de la actividad desarrollada o de la frecuencia o gravedad de la siniestralidad en la empresa, salvo que se opte por un servicio de prevención ajena.
§ Servicio ajeno de prevención
Está constituido por entidades especializadas al apoyo y asesoramiento técnico en materia de prevención de riesgos laborales a las empresas. Estos servicios deberán estar acreditados por la administración laboral.
§ Obligatoriedad
El empresario está obligado a recurrir a uno o varios servicios ajenos de prevención, previa consulta a los representantes de los trabajadores, cuando se de alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que la designación de uno o varios trabajadores resulte insuficiente para la realización de la actividad preventiva sin estar obligado constituir un servicio propio de prevención.
b) Que habiendo decidido la autoridad labora la obligación de constituir un servicio propio de prevención, la empresa opte por el concierto con una entidad especializada ajena.
c) Que se haya producido solo una asunción parcial de la actividad preventiva.
Delegados de prevención
Son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales.
Son designados por y entre los representantes del personal en el ámbito de los órganos de representación, de acuerdo con la siguiente escala.
Número de trabajadores Numero delegados de prevención
De 50 a 100 2
De 101 a 500 3
De 501 a 1000 4
De 1001 a 2000 5
De 2001 a 3000 6
De 3001 a 4000 7
De 4001 en adelante 8

En las empresas de hasta 30 trabajadores, el delejado de prevención será el delejado de personal y en las de plantilla comprendida entre 31 y 49 trabajadores debe existir un delegado de prevención elegido por y entre los delegados de personal.
Comité de seguridad y salud
Es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgo.
a) Obligatoriedad y composición.
Debe constituirse en todas las empresas o centros de trabajo que cuente con 50 o más trabajadores.
Está formado de una parte por el empresario y/o sus representantes y de otra en igual número por los delegados de prevención.
b) Funcionamiento
Debe adoptar sus propias normas de funcionamiento, si bien:
o Deberá reunirse trimestralmente o siempre que lo solicite alguna de las representaciones del comité.
o Podrán participar en las reuniones con voz pero sin voto los delegados sindicales, los técnicos de prevención de la empresa que no estén en el comité, los trabajadores de la empresa que cuenten con una especial cualificación o información sobre cuestiones cuestiones concretas a debatir y los técnicos de prevención ajenos a la empresa si los solicita alguna de las representaciones del comité
PROGRAMA DE SEGURIDAD E HIGIENE
INTRODUCCION:
La colaboración internacional en la lucha contra las consecuencias derivadas del trabajo tuvo su origen en 1889 en el congreso internacional de accidentes de trabajo celebrado en parís en ocasión de su exposición universal, en el que se propuso la creación de un organismo internacional permanente que reuniera la documentación relativa a la experiencia que en los distintos países se fuese elaborando en este tema.
En 1980, como consecuencia de la propuesta formulada por el citado congreso, se creó un comité internacional permanente que comenzó su actividad con la elaboración de estadísticas internacionales de accidentes. A partir de aquí se inicia un recorrido que ya no habría de detenerse, (tal era la preocupación por estos temas), hasta concluir con la creación de la organización internacional de trabajo (OIT) en 1919.
Para el desempeño de sus funciones la organización internacional de trabajo, cuenta con el siguiente organismo permanente:
Consejo de administración:
Es un organismo tripartito compuesto por miembros de los gobiernos, trabajadores y empresarios cuya misión es la de:
Fijar la orden del día de la conferencia internacional
PROGRAMA DE SEGURIDAD E HIGIENE.
Es el documento en el que se describen las actividades, métodos, técnicas y condiciones de seguridad e higiene que deberán observarse en el centro de trabajo para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo, mismo que contará en su caso, con manuales de procedimientos específicos
¿Dónde se aplica?
En los centros de trabajo con cien o más trabajadores, el patrón deberá elaborar un diagnóstico de las condiciones de seguridad e higiene que prevalezcan en ellos, así como establecer por escrito y llevar a cabo un programa de seguridad e higiene en el trabajo que considere el cumplimiento de la normatividad en la materia.
¿Quién lo regula?
Las normas oficiales mexicanas relacionadas con la materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo, expedidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social u otras dependencias de la Administración Pública Federal, conforme a lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Ø ORDEN Y LIMPIEZA (PROGRAMA DE LAS 5S+1)
Las 5Ss fueron creadas en Japón en los años 60s, sirvieron como apoyo en la implementación de herramientas para la calidad. Es una herramienta de mejora continua.
Objetivo
Optimizar espacios manteniendo solo lo necesario, asignando un espacio para cada cosa y cada cosa en su lugar, conservando el área en excelentes condiciones de orden y limpieza. ¿Por qué 5Ss?
Las palabras Japonesas que identifican a cada etapa inicia con la letra S
1. s seiri= seleccionar
2. Sseiton= ordenar
3. s seiso= limpiar
4. s seiketsu=estandarizar
5. sshitsuke= seguir el estándar
¿Qué significa el +1?
Es la aplicación de las 5Ss en nuestra persona, para crecer en lo individual y en la capacidad para trabajar en equipo.
¿Qué se necesita para aplicar el 5Ss +1?
" Capacitación en todos los niveles
" Benchmarking mediante visitas a empresas o áreas que lo apliquen de manera ejemplar
" Recursos materiales y humanos (rotulación, carpintería, pintura)
" Convencimiento del personal.
PROGRAMA DE PROTECCIÓN CIVIL
Comprende una serie de aspectos que auxilian a prever sucesos que puedan poner en riesgo a los seres vivos, inmuebles ó bienes materiales en un lugar específico.
Algunos aspectos son:
Ø Plan de contingencia
Ø Identificación de riesgos
Ø Prevención de incendios.
Plan de contingencia
Es un instrumento de planeación donde se establecen acciones preventivas y de auxilio destinadas a salvaguardar la integridad física de las personas y a proteger sus instalaciones, bienes e información vital, ante cualquier siniestro
¿Dónde se dé puede implantar un programa de protección civil?
De acuerdo a la ley de protección civil en el artículo 24 Los propietarios de inmuebles destinados a vivienda plurifamiliar y conjuntos habitacionales están OBLIGADOS a elaborar e implementar un programa de protección civil.
¿Dónde se dé debe implantar un programa de protección civil?
Así como los propietarios destinados a mantener a más de 50 personas (incluyendo trabajadores) dentro de determinado lugar.
CODIFICACIÓN DE SEÑALAMIENTOS
Dentro del marco legal que regula las características, formas y colores de las señales de seguridad en los centros de trabajo, se encuentran la NOM-026-STPS-2008
Rojo.- señala un alto, prohibición o equipo de incendio
Amarillo.- señala precaución o riesgo
Verde.- condición segura o puesto primero auxilios
Azul.- para marcar una obligación o información
PROGRAMA INTEGRAL DE PREVENCION DE RIESGOS DE TRABAJO
Ø La Organización Internacional del Trabajo (OIT) calcula que 2.2 millones de personas mueren cada año en el mundo a causa de accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo, cifra que parece ir en aumento.
Ø Un plan de prevención de riesgos laborales constituye una recopilación estructurada de las normas y criterios que aseguran la buena gestión de los factores que influyen en la prevención de riesgos laborales.
PLAN DE PREVENCIÓN
Un plan de prevención de riesgos laborales es un documento que, debidamente autorizado, constituye una recopilación estructurada de:
" Normas
" Criterios
" Procedimientos
" Instrucciones
" Acciones
" Recomendaciones que definen los objetivos
" Asignación de responsabilidades a los distintos niveles jerárquicos de una empresa con el fin de asegurar la buena gestión de los factores que influyen en la prevención de riesgos laborales
OBJETIVOS
Los objetivos de un plan de prevención son:
1. Declarar la política de prevención de la empresa.
2. Definir los requisitos generales que deberá establecer la empresa para garantizar su propia implantación y funcionamiento.
3. Definir las responsabilidades y las funciones, en materia de seguridad, de todos los niveles jerárquicos de la empresa.
4. Presentar e informar sobre el nivel de prevención alcanzado.
5. Servir de vehículo para la formación, la calificación y la motivación del personal, respecto a la prevención de riesgos laborales.
FUNCIONAMIENTO DEL PLAN
Idealmente, el funcionamiento del plan de prevención debe asegurar que:
1. Se previene todos y cada uno de los problemas.
2. Las actividades de la empresa no provoquen accidentes que afecten a las personas, a los bienes o al entorno.






BIBLIOGRAFÍA
1. Cortés Díaz, José María, Técnicas De Prevención De Riesgos Laborales: Seguridad E Higiene Del Trabajo (9a. Ed.), Editorial Tébar
2. Reglamento Federal De Seguridad, Higiene Y Medio Ambiente De Trabajo, Título II. Publicado En El Diario Oficial De La Federación El 21 De Enero De 1997, México.
3. Reglamento Federal De Seguridad, Higiene Y Medio Ambiente De Trabajo. Publicado En El Diario Oficial De La Federación El 21 De Enero De 1997.
4. Rodellar Lisa, Adolfo, Seguridad E Higiene En El Trabajo, Editorial Mar combo.
5. Rubio Romero, Juan Carlos, Gestión De La Prevención De Riesgos Laborales, Ediciones Díaz De Sant




Nelidaarangocortes07 de junio de 2017

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